El derecho inmobiliario vuelve a ser protagonista en el MERIN.
Afrontamos la segunda jornada que dedicamos a conocer con detalle todas las particularidades de esta parte del Sector Inmobiliario y que ayuda a los alumnos de los Títulos Propios en Mercado Inmobiliario de la Universidad de Zaragoza a tener una perspectiva adecuada en derecho inmobiliario.
Después de presenciar la primera jornada sobre derecho inmobiliario en el MERIN, quedaron claros muchos conceptos.
Pero entenderás que es necesario particularizar en otros aspectos que se quedaron en el tintero y que tienen tanta o más importancia que los tratados en ella.
Por todo esto, en esta jornada incidiremos en aspectos hasta ahora no tratados en detalle, como el derecho foral, el registro y derecho concursal y la ley 13/2015 sobre la reforma de la ley hipotecaria.
Registro y Derecho Concursal en el MERIN
Seguro que alguna vez has oído concurso de acreedores.
De hecho durante la burbuja inmobiliaria, muchas empresas del sector inmobiliario sufrieron en primera persona los efectos de la crisis y tuvieron que acogerse a este término.
Si particularizamos en el derecho concursal, diremos que se trata de una herramienta que pueden utilizar las empresas cuando necesitan reestructurar una situación financiera compleja, para refinanciar su deuda, reordenar sus recursos humanos y materiales y obtener liquidez para poder continuar con su actividad.
Por lo tanto, teóricamente, no debe verse únicamente como una forma de liquidar la empresa, sino que debería ser un proceso para garantizar la supervivencia de la misma.
Y para ver cómo puede afectar el derecho concursal a los intervinientes en el Mercado Inmobiliario y conocer sus particularidades contamos en el MERIN con el registrador D. Fernando Curiel.
Fernando, ha publicado varios libros como CONCURSO DE ACREEDORES Y REGISTRO DE LA PROPIEDAD del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de BienesMuebles de España e INMATRICULACIÓN. REANUDACIÓN DEL TRACTO SUCESIVO INSCRIPCIÓN DE ESCESOS DE CABIDA del Colegio Nacional de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España.
El Derecho Foral en el MERIN
Para abordar el derecho foral contamos en los títulos propios en Mercado Inmobiliario de la Universidad de Zaragoza con el experto D. Miguel Temprado Aguarón.
Miguel es registrador de la propiedad en Zaragoza.
En su intervención en el MERIN, Miguel Temprado nos hablará de Derecho foral y más concretamente del derecho foral aragonés, que queda recogido en el Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo.
En el mismo, quedaron especificadas distintas normas legales aragonesas y que hacen referencia entre otras a:
- El Derecho Civil de Aragón
- Como se regulan las parejas estables no casadas.
- Cuál es el régimen económico matrimonial y de viudedad.
- La ley de sucesiones por fallecimiento.
- El derecho civil patrimonial.
- La ley de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de convivencia de los padres.
La ley 13/2015 de reforma de la ley hipotecaria
Y para finalizar esta interesante jornada sobre derecho inmobiliario en el MERIN, contaremos con el director del Centro de Estudios Registrales D. Antón Cuquejo.
Antón abordará un tema de rabiosa actualidad como es la reforma de la ley 13/2015 que tantos vaivenes ha tenido en los últimos meses de la actualidad política y que vistos los resultados de las elecciones generales, tiene visos de continuidad.
Entrando en materia, la reforma de la ley hipotecaria 2018-19 tiene su origen en la comunidad económica europea que dictaminó que España debía incluir las directrices comunitarias en esta materia.
Para ello, se adoptan una serie de medidas que se deben cumplir y que en resumen serían.
Las claves de la nueva ley hipotecaria en el MERIN
- Una correcta información precontractual.
- Los notarios y registradores deben garantizar que el cliente conoce el tipo de préstamo que contrata y cuáles son sus derechos y obligaciones.
- Todos los gastos hipotecarios deben asumirlos los bancos excepto la tasación
- Prohibición de incluir Cláusulas suelo.
- Se permite que los bancos cobren una comisión de apertura.
- Las comisiones de amortización quedan limitadas:
- Hipotecas fijas: Al 2% durante los primeros 10 años y al 1,5% en los siguientes hasta la finalización del préstamo hipotecario.
- Hipotecas variables: El 0,25% o el 1,5% dependiendo de si se amortiza a tres o cinco años.
- No se permite la vinculación de otros productos como seguros de vida u hogar aunque se deja la puerta abierta a incluir bonificaciones, si bien queda a elección del cliente contratarlos con la entidad que quiera, siempre que cumpla con los requisitos solicitados por la entidad bancaria.
- La Comisión por intereses de demora será del interés fijado en el período en cuestión más el 2%.
- La Subrogación de la hipoteca a otro banco de préstamos antiguos será a coste cero para el cliente.
- Si el cliente no está conforme con las condiciones de la hipoteca, podrá solicitarse un cambio de hipoteca si el banco la acepta y sin cobrar ninguna comisión.
- Aumenta a 12 las cuotas impagadas o el 3% del capital para la primera mitad de la vida del préstamo, y de 15 cuotas o el 7% del capital en la segunda mitad del crédito para ejecuciones hipotecarias.
- La dación en pagoserá voluntaria por acuerdo entre los clientes y la entidad bancaria.
- Para realizar una tasación hipotecaria, el tasador podrá ser elegido por el cliente.
Como conseguir tu invitación para el MERIN
Como ves, mucho contenido y de rabiosa actualidad.
Por todo esto, la recomendamos incluso para aquellos agentes inmobiliarios que quieren actualizar sus conocimientos sobre el tema hipotecario y que sin duda les ayudará a resolver a sus clientes dudas sobre la reforma de la ley hipotecaria.
Así que ya sabes, aunque no estés matriculado en los Títulos Propios en Mercado Inmobiliario de la Universidad de Zaragoza, puedes solicitar tu invitación en la sede del Colegio de APIS en la calle San Andrés de Zaragoza, en el teléfono 976 391 692 o enviando un correo electrónico a info@coapiaragon.es
Te esperamos!!!